Aviso Legal
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CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
Primera. Objeto del contrato.
Por el presente contrato, EXTREMEÑA DE COMUNICACIONES POR CABLE, S.L. (en adelante CABLEX), pone a disposición de:
(en adelante el CLIENTE) cuyas circunstancias quedan reseñadas en las Condiciones Particulares del contrato que se adjuntan a estas condiciones generales, los servicios indicados en aquellas (en adelante el SERVICIO).
Segunda. Definición de los SERVICIOS.
2.1. El Servicio de Internet.
Acceso integral a Internet, a la velocidad de acceso que el CLIENTE haya elegido en las Condiciones Particulares del contrato.
2.2. El Servicio de acceso telefónico fijo en acceso directo a red de telefonía primaria
Consistente en la posibilidad de cursar llamadas desde el número o números designados en el contrato. El SERVICIO permitirá cursar llamadas metropolitanas, provinciales, interprovinciales, internacionales y de fijo a móvil en el modo de acceso directo.
2.3. El Servicio de acceso telefónico en acceso a la red de telefonía móvil.
Consistente en la posibilidad de cursar llamadas desde el número o números designados en el contrato a la red telefónica móvil. El SERVICIO permitirá cursar llamadas metropolitanas, provinciales, interprovinciales, internacionales y de fijo a móvil en el modo de acceso directo.
2.4. Red de acceso.
Se entenderá como Red de acceso aquella red inalámbrica o física propiedad de CABLEX con independencia de su tecnología, como pudiera ser WIFI, WIMAX, banda licenciada, Hybrid Fibre Coaxial o Híbrido de Fibra-Coaxial o HFC, Fiber To The Home o fibra hasta la casa o FTTH…
Tercera. Obligaciones de las partes.
3.1 En el Servicio de Internet.
a. CABLEX se compromete a:
- Prestar al CLIENTE el Servicio solicitado por éste en las Condiciones particulares del contrato. La velocidad de acceso a Internet dependerá en cada momento de su tráfico, del número de abonados simultáneos y de otros factores técnicos asociados a esa red, de forma aún más sensible si se trata de un servicio inalámbrico, y por tanto ajenos a
- A la instalación de un equipo terminal de red con conectividad inalámbrica para la entrega del servicio y la conexión de los equipos del cliente a Internet.
- El CLIENTE podrá contratar, a la firma del presente contrato o posteriormente, la ampliación del servicio a otros lugares del inmueble, cuya instalación satisfará con independencia de la anterior como instalación adicional.
- Poner a disposición del CLIENTE el hardware de conexión en la forma estipulada en las Condiciones Particulares del Contrato.
- Publicar en la página web www.cablex.es información detallada, comparable, pertinente, fácilmente comprensible, accesible y actualizada sobre la calidad de los servicios.
- Poner a disposición del CLIENTE los parámetros y métodos para la medición del servicio.
b. El CLIENTE se compromete a:
- Hacer un disfrute única y exclusivamente privado del servicio. A estos efectos, se entenderá que el CLIENTE realiza un uso por cuenta o beneficio de terceros si lleva a cabo, entre otras, las actividades de establecimiento y mantenimiento de servidores para correo electrónico, http, ftp y/o peer to peer.
- Realizar el pago de los recibos emitidos por CABLEX.
- Respetar la normativa relativa a la propiedad intelectual, intromisión en comunicaciones privadas u obtención de información confidencial o cualquier acto ilícito establecido en la normativa reguladora de la Sociedad de la Información.
- Otorgar una servidumbre de paso en favor de CABLEX, y sin contraprestación alguna por parte de éste, para que CABLEX establezca la Red de acceso que discurrirá desde el punto de entrada al domicilio del CLIENTE, cuando esta servidumbre sea necesaria para el correcto suministro de este servicio.
- Para la prestación del servicio en condiciones de calidad, el equipo informático del abonado habrá de reunir las siguientes características mínimas: Procesador Core i5 o similar, 8 Gb de memoria RAM, Sistema operativo Windows, Navegador, tarjeta de red Ethernet 100/1000 y tarjeta de acceso inalámbrico.
3.2 En el Servicio de Telefonía fija.
- CABLEX se compromete a:
- Prestar al CLIENTE los Servicios solicitados por este en las Condiciones Particulares del contrato. El Servicio Telefónico prestado por CABLEX es un servicio telefónico fijo disponible al público en acceso directo y se presta sobre una red de transmisión de datos, por lo que el servicio es vulnerable a las caídas del suministro eléctrico y a los flujos de la red Internet.
- Suministrar al CLIENTE el equipamiento de acceso, en la modalidad que éste haya contratado en las Condiciones Particulares del contrato.
- Los servicios de tarificación adicional y las llamadas internacionales se encuentran desactivados. CABLEX se compromete a activarlos cuando así lo solicite por escrito o telefónicamente el CLIENTE, en el plazo de 2 días hábiles. El CLIENTE podrá volver a desactivarlo en cualquier momento mediante el mismo procedimiento. CABLEX dispone del plazo de 2 días hábiles para realizar la desactivación. CABLEX se reserva el derecho a pedir al CLIENTE un depósito para cubrir los gastos de estos importes de tarificación especial cuando el importe de las llamadas supere los 60€.
- El CLIENTE podrá obtener un nuevo número de teléfono que le será facilitado por CABLEX.
- En caso de que el CLIENTE desee conservar su actual número de teléfono, CABLEX gestionará la portabilidad frente a otros operadores y la Entidad de Referencia. En este caso, el CLIENTE deberá firmar el documento anexado a este contrato (Anexo de Portabilidad) tanto en el momento de la contratación, como cada vez que se modifique el operador proveedor del servicio telefónico fijo disponible al público de CABLEX, según lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
- El CLIENTE se compromete a:
- Hacer uso propio del Servicio contratado.
- Facilitar a CABLEX el acceso al lugar de recepción del Servicio para que este pueda cumplir con las obligaciones contraídas en el presente Contrato.
- Abstenerse de modificar, trasladar o manipular de modo alguno equipamiento de acceso.
- Pagar el importe requerido por CABLEX, que comprenderá el consumo de las llamadas, así como la cuota mensual del Servicio.
- Política de uso razonable
- Las llamadas ilimitadas a fijos nacionales comprenden hasta 150 destinos en cada ciclo de facturación mensual, facturándose a 0,012Eur/min a partir de 150 destinos. Los importes no incluyen iva.
- Se considera uso razonable 1.000 minutos a fijos nacionales a 150 destinos, a partir del minuto 1.001, y 151 destinos el coste de las llamadas es a 0,012 Eur/min.
- No están incluidas en la tarifa las llamadas a numeración corta y servicios de tarificación especial (901, 902, 80X, 70X etc…)
3.3 En el Servicio de Telefonía Móvil.
El servicio de telefonía móvil no es un servicio prestado por CABLEX, sino con un operador habilitado para dicho servicio con el que el primero mantiene un acuerdo de comercialización (en adelante “el Operador de Telefonía Móvil”).
- CABLEX se compromete a:
- Presentar al CLIENTE el contrato de Servicios de Telefonía Móvil del Operador de Telefonía Móvil.
- Atender las incidencias y reclamaciones del CLIENTE haciéndolas llegar de forma inmediata al Operador de Telefonía Móvil.
- Presentar factura junto, en su caso, el resto de los servicios prestados por CABLEX y realizar las tareas de cobro de sus
- El CLIENTE se compromete a:
- Suscribir el contrato de Servicio de Telefonía Móvil del operador de telefonía móvil que le presente CABLEX.
- Hacer uso propio del Servicio de Telefonía Móvil en los términos y condiciones fijados en el contrato indicado en el párrafo anterior.
- Colaborar con CABLEX en la gestión de incidencias que éste presente en su nombre al Operador de Telefonía Móvil.
- Abonar las cantidades correspondientes al uso del Servicio de Telefonía Móvil a CABLEX.
- Política de uso razonable
- Las llamadas ilimitadas a fijos y móviles nacionales comprenden hasta 150 destinos en cada ciclo de facturación mensual, facturándose a 0,084 Eur/min a partir de 150 destinos. Iva no incluido.
- Queda prohibido el uso en “vigila bebés”, “walkie talkie” o similares, siendo sólo permitido el uso de la línea para llamadas telefónicas cumpliendo la política de uso razonable.
- La SIM entregada sólo será válida para dispositivos móviles convencionales.
- Se considera uso razonable 3.000 minutos y 5000 minutos sólo en ON 80 Y ON50, a 150 destinos, a partir del minuto 3.001 y 5001, a 150 destinos el coste de las llamadas es a 0,084 Eur/min. Iva no incluido.
- No están incluidas en la tarifa las llamadas a numeración corta y servicios de tarificación especial (901, 902, 80X, 70X etc…)
- Está prohibido el uso en sim-box, locutorios, centralitas telefónicas o cualquier otro modo en el que se realicen llamadas de modo masivo.
Cuarta. Responsabilidad por los Servicios.
- CABLEX no será responsable del contenido accesible a través del servicio de Internet, salvo en los supuestos establecidos por la sección segunda de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
- El CLIENTE se compromete a respetar la normativa relativa a la propiedad intelectual o propiedad industrial, intromisión en comunicaciones privadas u obtención de información confidencial o cualquier acto ilícito o que dé lugar a daños para terceros que se produzcan con ocasión del uso por el CLIENTE de los servicios de Internet, o del uso de los servicios de Internet por terceras personas a través de su clave personal. A estos efectos se presumirá que tales personas han empleado su clave con su consentimiento a menos que el CLIENTE hubiera solicitado ya de CABLEX la anulación de la clave en cuestión. Se considerará que existe un incumplimiento del contrato por parte del CLIENTE si terceras personas a través de su clave personal utilizan los servicios de Internet de forma que perjudique la imagen de CABLEX, o cometa cualesquiera infracciones mencionadas en este contrato. El CLIENTE deberá adoptar las precauciones necesarias a efectos de preservar sus ficheros y sistemas informáticos de eventuales accesos no deseados por parte de terceros.
- El objetivo de disponibilidad mínima mensual de los servicios será del 90 %. Si el Servicio no estuviera disponible por encima de estos porcentajes, el CLIENTE tendrá derecho a descuentos en el siguiente recibo emitido en función del tiempo en que el Servicio no haya estado disponible. Respecto a la garantía de los módulos de acceso, ésta no excederá del tiempo de garantía que aplique el fabricante del mismo.
- Es responsabilidad del CLIENTE dotar a la instalación interna de su vivienda de un sistema de alimentación interrumpida, así como un sistema de respaldo del servicio telefónico en caso de que desee recibir servicios externos tales como los servicios de alarma, datafonos, servicios de tele asistencia, o servicios de fax…
- EL CLIENTE exime de responsabilidad a CABLEX por los daños y/o perjuicios que la caída del servicio de suministro eléctrico y/o el flujo de la red de datos pudieran producirle, incluida la imposibilidad de recibir servicios no prestados por CABLEX.
- En caso de que en el transcurso de una intervención para solucionar una avería se demuestre que la causa es imputable al CLIENTE debido a una manipulación indebida de los equipos de CABLEX, el CLIENTE exime a éste de responsabilidad alguna sobre los servicios. Las interrupciones ocasionales realizadas por CABLEX con motivo de la mejora en el servicio, no darán derecho a compensación a favor del CLIENTE. Dichas interrupciones serán lo más breve posible y se realizarán preferentemente durante franjas horarias de mínimo consumo de servicio. Ninguna de las partes será responsable de retrasos o incumplimiento ocasionados por fuerza mayor.
- En todo caso, la responsabilidad total de CABLEX surgida en relación con el presente contrato no excederá, bajo ninguna circunstancia, de las cantidades abonadas a CABLEX por el Servicio en los tres (3) meses anteriores a la fecha de dicha reclamación.
Quinta. Derecho de desistimiento.
- EL CLIENTE, a partir de la suscripción del presente contrato, dispondrá de un plazo de hasta catorce (14) días naturales para ejercer su derecho de desistimiento y por consiguiente, a no recibir los servicios suscritos en el mismo y por tanto a extinguir las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato.
- Para el ejercicio de tal derecho, EL CLIENTE deberá comunicarlo por escrito a CABLEX dentro del plazo indicado. Dicha comunicación podrá ser ejercida mediante carta postal enviada a CABLEX, o entregada en sus oficinas. No obstante el cliente podrá también enviar o entregar en oficina el formulario q a tal efecto se le entrega.
- Será a cargo del CLIENTE la carga de probar que comunicó dicho desistimiento.
- El CLIENTE deberá devolver el equipamiento y terminales que CABLEX le suministró, en el plazo máximo de catorce (14) días naturales a partir de la comunicación del desistimiento. El coste de transporte será a cargo del CLIENTE si bien éste puede proceder a dicha devolución en las oficinas de CABLEX.
- Por su parte, CABLEX, procederá, también en el plazo máximo de catorce (14) días naturales desde que recibió la comunicación de desistimiento, al reembolso de las cantidades que en su momento entregó el CLIENTE. No obstante, CABLEX podrá retener el reembolso de estas cantidades hasta que esté en su poder el equipamiento y terminales devueltos por el CLIENTE o hasta que éste acredite la devolución.
- El derecho de desistimiento no será de aplicación en los supuestos previstos en el art 103 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, con especial referencia al supuesto establecido en el apartado a) que establece que “La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento”.
Sexta. Resolución de incidencias o reclamaciones.
- El CLIENTE deberá comunicar a CABLEX, a través de cualquiera de los datos de contacto que figuran en el encabezado de este documento, cualquier queja, reclamación o incidencia contractual. A partir de dicha comunicación, CABLEX intentará resolver dicha incidencia en el plazo más breve posible.
- Cuando la reclamación se refiera a una determinada factura, ésta deberá cursarse en el plazo de un mes (30 días hábiles) desde la fecha de recepción de la factura por el CLIENTE. A continuación CABLEX, dispondrá de un mes desde la recepción de esta reclamación para contestar al CLIENTE.
- Si el CLIENTE no hubiera obtenido respuesta satisfactoria a su reclamación, podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información o a los organismos en materia de consumo competentes.
- En el caso de disconformidad o desacuerdo del cliente con la facturación de los servicios de tarificación adicional, ésta se regirá de acuerdo con la normativa reguladora sobre los derechos de los usuarios de los servicios de tarificación adicional vigente.
Séptima. Mantenimiento de los equipos.
- La instalación que sirve para conectar la red de CABLEX con el domicilio del CLIENTE, y hasta la colocación dentro de éste de un punto terminal de red, se denomina instalación exterior. El mantenimiento de la instalación exterior será de cuenta de CABLEX durante toda la vigencia del contrato, excepto si el mal estado o funcionamiento es debido a una actuación dolosa o negligente del CLIENTE.
- La instalación colocada dentro del domicilio del abonado y desde el punto terminal de red hasta los aparatos receptores de los servicios se denomina instalación interior y será a cargo del CLIENTE.
- La instalación exterior incluirá siempre los gastos de desplazamiento y mano de obra del personal cualificado. Se incluye también los gastos de reposición de material, piezas y equipos defectuosos cuando el mal estado, además de no ser imputable al CLIENTE, siempre que no se deba a caso fortuito o fuerza mayor.
- El mantenimiento de la instalación interior será de cuenta del CLIENTE, que habrá de satisfacer, de conformidad con las tarifas vigentes en el momento de su prestación, los gastos de reposición, desplazamiento y mano de obra que se originen por causas distintas del uso diligente, incluso por caso fortuito o fuerza mayor. No obstante, el CLIENTE podrá contratar, inicial o posteriormente, el servicio de mantenimiento de la instalación interior que cubrirá dichos gastos siempre que el defecto o pérdida no tenga su causa en una actuación u omisión dolosa o negligente del CLIENTE. La reposición de material, piezas y equipos serán satisfechas por el CLIENTE en la cuantía determinada en las tarifas vigentes cuando su deterioro no sea originado por un uso diligente. En caso de manipulación indebida o negligente, por parte del cliente, del software o hardware de los equipos suministrados por CABLEX, que originen un gasto de material, desplazamiento y/o mano de obra, éstos correrán a cargo del cliente de acuerdo con las tarifas vigentes.
- En relación al Servicio de Telefonía Móvil, el mantenimiento del equipamiento, así como sus responsabilidades serán los fijados en el contrato que regula dicho servicio y prestado por el Operador de Telefonía Móvil.
Octava. Alquiler y venta de los equipos.
- CABLEX entregará al CLIENTE, en perfectas condiciones de uso los equipos necesarios para la prestación de los Servicios.
- El régimen de utilización será el de alquiler o arrendamiento de equipamiento, salvo acuerdo en contrario por las partes. Esto implicará una cesión de uso a favor del CLIENTE, cuya duración será el periodo de vigencia del presente contrato. En este caso, los equipos serán propiedad del CABLEX y el CLIENTE no podrá cederlos o entregarlos a terceros, debiendo mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado. El CLIENTE abonará la cantidad establecida en las Condiciones Particulares del presente contrato.
- Si el CLIENTE elige la opción de compra de equipos, éstos serán de su propiedad y deberá abonar el importe indicado en las Condiciones Particulares del contrato conforme a las tarifas vigentes
- En relación a los terminales de telefonía móvil, el contrato de dicho servicio prestado por el Operador de Telefonía Móvil indicará las formas de adquisición del equipamiento
- La garantía de los equipos será la misma que suministre el fabricante a CABLEX, siempre y cuando el CLIENTE no hubiera manipulado indebidamente los mismos, efectuando modificaciones técnicas sobre ellos o causando daños culposa o negligentemente.
- En el caso de compra del equipamiento, CABLEX sólo prestará el servicio de asistencia técnica en el domicilio, a solicitud del CLIENTE y mediante el pago del precio establecido para las intervenciones fuera de garantía.
Novena. Precio, forma de pago y facturación.
9.1. Precio.
- El precio de los diferentes servicios objeto del presente contrato aparece estipulado en las Condiciones Particulares sin perjuicio del coste extra que puedan devengarse como consecuencia de servicios no incluidos (llamadas de tarificación especial, incidencias ocasionadas por el cliente, tiradas extra…). CABLEX cobrará al CLIENTE con arreglo a las tarifas vigentes en cada momento.
- Los precios se actualizarán anualmente, con efectos al primero de enero de cada año, con arreglo al Índice de Precios al Consumo establecido para la Comunidad Autónoma por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que asuma esa función. Dicha variación será repercutida al abonado, sin previa notificación personal.
- Fuera del caso indicado en el párrafo anterior, las tarifas serán revisadas en función de los costes del servicio contratado, y serán publicadas en la página web y comunicadas al CLIENTE cuando le afecten, con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha de emisión del recibo correspondiente para su cobro, entendiéndose la conformidad del CLIENTE con la revisión propuesta si en los quince (15) días anteriores a dicha fecha no manifiesta su oposición.
- El CLIENTE disconforme con la revisión de las tarifas podrá causar baja en el servicio cuyo precio haya sido revisado sin penalización alguna para él, notificándolo a CABLEX en el expresado plazo. Asimismo, CABLEX podrá resolver unilateralmente la prestación del servicio cuyo precio haya sido objeto de revisión no aceptada por el CLIENTE. Se mantendrá vigente el contrato en ambos casos, respecto del resto de los servicios contratados, si ello fuera técnicamente posible.
9.2. Forma de pago.
- El CLIENTE deberá abonar a CABLEX la cuota de alta, así como, en su caso, el precio por la adquisición de equipos, según las tarifas vigentes en el momento de la firma del presente contrato, sin perjuicio de lo estipulado en las Condiciones Particulares.
- Los Servicios serán satisfechos a mes vencido con carácter mensual y dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, mediante la forma de pago elegida por el CLIENTE en las Condiciones Particulares del contrato. En caso de que la forma de pago elegida sea la domiciliación bancaria, CABLEX queda expresamente autorizado a girar el correspondiente recibo contra la cuenta bancaria del CLIENTE especificada en Orden de domiciliación de adeudo directo esquema básico (CORE) SEPA. Si la entidad bancaria no atendiera el pago de los recibos girados contra la cuenta bancaria del CLIENTE, por éste se satisfarán todos los gastos que a consecuencia de su devolución haya de soportar CABLEX. Este coste se estima en cinco (5€) euros más IVA. En todo caso, el CLIENTE habrá de notificar a CABLEX el cambio de cuenta bancaria contra la que se giran los recibos para su cobro, autorizándole al propio tiempo a tal fin, y siendo responsable a todos los efectos de esa falta de notificación. En todo caso, esta comunicación deberá de hacerse antes del día 30 de cada mes para que surta efectos en la siguiente facturación.
- Todos los trabajos realizados por CABLEX de instalación, mantenimiento, y asistencia técnica, la reposición de materiales, piezas y equipos y los desplazamientos, serán satisfechos por el CLIENTE en un solo pago, incluyendo su importe en la factura inmediatamente siguiente a ejecución y aceptación.
9.3. Facturación.
- CABLEX presentará facturas por los cargos en que haya incurrido el CLIENTE, diferenciando debidamente los conceptos de precios que se tarifican por los servicios. Si el CLIENTE se lo requiere previamente, CABLEX enviará facturas independientes para los servicios de tarificación adicional.
- El CLIENTE tiene derecho a obtener facturación detallada, sin perjuicio del derecho a no recibir facturas desglosadas. Cuando una factura sea objeto de reclamación, CABLEX facilitará gratuitamente, previa solicitud del CLIENTE, el nivel básico de detalle de la factura.
- El CLIENTE tendrá a su disposición dicha factura en el área de clientes de la web. Para acceder a dichas facturas el cliente deberá disponer de acceso al Área Cliente de CABLEX, aceptando las condiciones dadas en el sitio web. Desde el Área Cliente, podrá en todo momento visualizar las últimas facturas a través de internet en idéntico formato al que tendrían dichas facturas de haber sido enviadas en soporte papel a su domicilio
- No obstante, el CLIENTE tiene derecho a recibir dicha factura en formato papel, si así se lo comunica expresamente a CABLEX, sea mediante envío de carta postal dirigida a la dirección que figura en el encabezado del presente documento o mediante solicitud en las oficinas de éste.
- El CLIENTE puede solicitar el envío por e-mail de la factura suministrando una dirección de correo electrónico.
Décima. De Depósito de garantía.
10.1. Causas
En los términos establecidos en la legislación vigente, CABLEX podrá exigir al CLIENTE un depósito de garantía, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del contrato, en los supuestos en que el CLIENTE hubiese dejado impagadas una o varios recibo relativos a otro u otros contratos anteriores o vigentes con CABLEX o con cualquier otro operador, o si el CLIENTE incurriese de modo reiterado en retraso en el pago de los recibos correspondientes a los Servicios.
10.2. Estimación.
El depósito de garantía se podrá constituir en efectivo o aval bancario, cuyo importe se determinará de acuerdo con los siguientes criterios:
- En el primer supuesto, sumando el importe de los tres últimos recibos impagados del contrato de abono que fundamenten la exigencia del depósito. En el caso de que fueran menos los recibos impagados, la cantidad resultante será la de multiplicar por tres el último recibo.
- En el segundo supuesto, sumando el importe de los tres últimos recibos emitidos al titular del contrato o, en caso de que el contrato tuviera una menor antigüedad, la cantidad resultante de multiplicar por tres el último recibo.
10.3 Ausencia de constitución.
Si el CLIENTE no constituye el depósito de garantía que corresponda en el plazo de los quince (15) días siguientes al requerimiento fehaciente de CABLEX, éste estará habilitado para proceder a la suspensión de los servicios. Si transcurrido un nuevo plazo de diez (10) días desde un segundo requerimiento no constituyese el depósito podrá ser dado de baja y el contrato se entenderá rescindido por CABLEX por causa justa y por lo tanto, sin derecho del CLIENTE a interponer cualquier tipo de reclamación por incumplimiento.
10.4. Devolución.
- CABLEX procederá a la devolución del depósito, en el supuesto de su constitución por reiterados retrasos en el pago, cuando quede acreditado que en un (1) año no ha existido ningún retraso en el pago de los recibos emitidos al titular del contrato. En el caso de que la exigencia de depósito emanase en el impago de prestaciones anteriores, se procederá a la devolución del depósito tan pronto como CABLEX tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas.
- Si el CLIENTE con deudas pendientes causara baja en el servicio o solicitara el cambio de titularidad de su abono, CABLEX podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del CLIENTE. Si éste hubiera afrontado el pago de todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente.
- CABLEX procederá a la devolución del depósito de garantía en el plazo de quince (15) días a contar desde el siguiente a aquel en el que se cumplan las circunstancias contempladas en los anteriores apartados.
10.5 Riesgo para los Servicios de Telefonía Fija y Móvil.
- CABLEX podrá establecer un riesgo para EL CLIENTE en los servicios de telefonía móvil. Cuando éste alcance su límite de riesgo, CABLEX suspenderá el servicio de forma inmediata.
- CABLEX podrá avisar al CLIENTE cuando su riesgo esté descubierto al setenta y cinco por ciento (75%) y desde ahí, avisará de cada incremento de consumo en el riesgo de un cinco por ciento (5%). Cuando el riesgo llegue al cien por cien (100%) el servicio será suspendido.
- EL CLIENTE podrá reducir su riesgo mediante pagos adelantados contra su factura.
- Si se observara una conducta que pueda indicar el uso de la conexión de red o telefonía fija del CLIENTE por agentes externos para usos fraudulentos o fuera del uso normal del servicio, CABLEX se reserva el derecho de suspender el servicio hasta que dicho uso fraudulento u anormal sea subsanado. CABLEX no se hace responsable de los daños o gastos ocasionados por el mismo
Undécima. Inicio y vigencia.
- El presente contrato comenzará a surtir efecto a partir de la firma del mismo.
- El plazo de vigencia del presente contrato será indefinido, sin perjuicio de las causas de extinción del contrato o a los supuestos de permanencia establecidos en las Condiciones Particulares del mismo.
- En el supuesto de que el CLIENTE tenga intención de recibir los servicios en un domicilio distinto del determinado contractualmente, CABLEX se reserva el derecho de incrementar la permanencia del contrato y/o deberá suscribir un nuevo acuerdo con CABLEX, si se modificasen sustancialmente por este hecho las Condiciones Particulares del servicio)
- Con carácter general, el cliente, una vez dada el alta en los servicios de CABLEX, podrá si lo desea solicitar el cambio de servicio a cualquiera de los vigentes de acuerdo con las Condiciones Particulares que se estableciera para cada promoción.
- Si el CLIENTE contratara un SERVICIO que en las Condiciones Particulares estableciera un periodo de permanencia, éste se comprometerá a mantener vigente el SERVICIO contratado por el periodo establecido, devengándose la penalización correspondiente en el supuesto de baja anticipada o por incumplimiento de cualquier otra causa que determinen las condiciones que le son de aplicación.
- La baja antes del vencimiento del periodo comprometido, implicará el pago de una penalización según lo dispuesto en la cláusula 13.3.
Duodécima. Suspensión e interrupción de los servicios.
12.1. Suspensión de los servicios en general.
- Suspensión temporal de los servicios a instancia del
El CLIENTE podrá solicitar a CABLEX la suspensión temporal del servicio con una antelación de quince (15) días a la fecha de suspensión deseada. La duración de la citada suspensión temporal no podrá ser menor a un mes ni superior a tres (3) meses. El período total de suspensión no podrá exceder de noventa (90) días por año natural. En estos supuestos se deducirá de la cuota de abono, como mínimo, la mitad del importe proporcional correspondiente al tiempo al que afecte.
- Suspensión temporal de los servicios a instancia del
- CABLEX podrá suspender temporalmente los servicios por retraso del CLIENTE en el pago de los servicios desde la presentación a éste por CABLEX del documento de cargo correspondiente, cuando descubra que se ha producido falsedad en los datos personales o bancarios proporcionados por el CLIENTE, o cuando la prestación del Servicio estuviera condicionada a la no superación de un límite de crédito.
- En caso de suspensión por impago en los servicios de telefonía fija y móvil, se mantendrán los servicios para llamadas entrantes, salvo las de cobro revertido, y las salientes de emergencia hasta la interrupción de los servicios o, en su caso, hasta la nueva activación del mismo.
- Asimismo, CABLEX podrá suspender temporalmente los servicios cuando, ante un consumo excesivo, se estime que el CLIENTE está incurriendo en una conducta fraudulenta al infringir su obligación de utilización del servicio para uso propio.
- La suspensión del servicio no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes.
- Para que la suspensión de los servicios pueda llevarse a cabo, han de cumplirse los siguientes requisitos:
- CABLEX requerirá el pago y notificará la suspensión mediante una comunicación, que se practicará con al menos cinco (5) días de antelación a la fecha en que vaya a tener lugar la suspensión del
- La comunicación indicará la fecha en que, de no efectuarse el pago, tendrá lugar la suspensión.
- En el supuesto de que el CLIENTE hubiera presentado una reclamación ante las Juntas Arbítrales de Consumo o ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, CABLEX no suspenderá ni interrumpirá el servicio, mientras que la reclamación se esté substanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a
- Restablecimiento del servicio.
CABLEX restablecerá el servicio suspendido dentro de las cuarenta y ocho (48) horas laborables siguientes a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho. CABLEX se reserva el derecho a aplicar un coste de reactivación de los servicios que se fija en quince (15€) euros más IVA.
12.2. Interrupción del Servicio Telefónico Fijo.
- Cuando, durante un período de facturación, el CLIENTE sufra interrupciones temporales del servicio telefónico, CABLEX indemnizará con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
- El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
- Cinco veces la cuota mensual de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
- CABLEX indemnizará al CLIENTE en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un (1€) euro.
- No será de aplicación lo dispuesto anteriormente cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
- Incumplimiento grave por el CLIENTE de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o mora en el pago que dará lugar a la aplicación de la suspensión temporal e interrupción. En todo caso, la suspensión temporal o interrupción afectará únicamente al servicio en el que se hubiera producido el fraude o mora en el pago.
- Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
- Ausencia de suministro eléctrico durante un periodo superior al soportado por los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida de CABLEX.
- Es aplicable a la interrupción del Servicio, lo previsto en los párrafos anteriores para el supuesto de suspensión en caso de reclamación de la cantidad adeudada.
12.3. Interrupción del Servicio Telefónico Móvil.
Se estará a lo indicado en el Contrato de Prestación de Servicio de Telefonía Móvil.
12.4. Interrupción del Servicio de Acceso a Internet.
- Cuando el CLIENTE sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, CABLEX le compensará con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción. A estos efectos, CABLEX indemnizará al CLIENTE si lo solicitara en la factura correspondiente al período inmediato al considerado, cuando la interrupción del servicio, se haya producido de manera continua o discontinua, y sea superior a seis horas en horario de 8:00h a 22:00h. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la compensación que corresponde al CLIENTE.
- No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
- Incumplimiento grave por EL CLIENTE de las condiciones contractuales.
- Daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
- Ausencia de suministro eléctrico durante un periodo superior al soportado por los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida de CABLEX.
- Es aplicable a la interrupción del Servicio, lo previsto en la Cláusula Undécima de estas condiciones para el supuesto de suspensión en caso de reclamación de la cantidad adeudada.
Decimotercera. Extinción del Contrato.
- El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos y, especialmente:
- Por voluntad del CLIENTE, comunicándolo previamente a CABLEX con una antelación mínima de dos (2) días hábiles al momento en que ha de surtir efectos. La comunicación de la baja de los servicios se realizará directamente en nuestras tiendas, por correo postal o vía e-mail (atencionalcliente@cablex.es) mediante la firma del documento suministrado por CABLEX acompañado del DNI del CLIENTE. CABLEX podrá implementar otros modos para gestionar las bajas, pero nunca se harán vía llamada telefónica. La baja surtirá efectos en los dos (2) días hábiles siguientes a la recepción del documento de baja en nuestras oficinas o en nuestra cuenta de correo electrónico, independientemente de la fecha de firma de dicho documento. Si la recepción de la baja es por correo postal deberá enviarse con acuse de recibo, la fecha de la baja se tramitará dos (2) días hábiles después de su recepción. CABLEX no facturará ni cobrará cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al CLIENTE, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja.
- Por incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las condiciones del presente contrato. Dicha rescisión se producirá de pleno derecho en el momento en que sea apercibido el CLIENTE, que no tendrá derecho a compensación alguna por los pagos realizados hasta ese momento.
- Por manipulación por el CLIENTE, sin autorización previa de CABLEX, de la infraestructura y equipos propiedad de éste. CABLEX se reserva el derecho a realizar las oportunas acciones legales en caso de que se dé esta causa de extinción.
- Por la pérdida de la personalidad jurídica de CABLEX. No obstante, no se considerará tal pérdida cuando se produzcan circunstancias modificativas de la misma como pudieran ser la fusión, absorción y/o transformación de sociedades de capital o la creación de dichas sociedades por parte de empresarios individuales o de los socios de cualquiera de las empresas. En estos casos, la sociedad adquiriente asumirá los derechos y obligaciones de este contrato por parte de la sociedad adquirida o del empresario individual.
- Por cese de actividad de CABLEX.
- CABLEX notificará al CLIENTE, con un (1) mes de antelación cualquier modificación sustancial del contrato, informando a éste de su derecho a rescindir sin penalización el contrato en caso de no aceptación de las nuevas condiciones.
- Si el CLIENTE que se hubiese acogido, a alguna promoción especial y solicita la terminación del contrato antes del periodo mínimo establecido en dicha promoción, deberá abonar en el momento de la baja el precio del producto o servicio promocionado, así como los regalos sujetos a dicha permanencia. El cálculo a este importe se hará sumando el servicio promocionado por CABLEX al cliente y/o el valor del regalo correspondiente a la promoción, más la parte proporcional del tiempo incumplido de la cuota de alta establecida en las Condiciones Particulares del contrato.
- En el supuesto de rotura de paquetes de internet y telefonía fija o de paquetes fusionados (internet, telefonía fija y móvil), ya sea por firma de un documento de baja o de una solicitud de portabilidad por parte del cliente, al cliente le será de aplicación, respecto a los servicios que aún tenga con nosotros, las tarifas vigentes en cada momento y de acuerdo con las condiciones de permanencia establecidas para cada servicio. En el caso de que la rotura del paquete se produzca, y hubiese permanencia, antes de la finalización de este periodo, la empresa podrá aplicar lo establecido en el punto 3 anterior
- Una vez resuelto el presente contrato, el CLIENTE deberá devolver a CABLEX la totalidad de los equipos que le hubieran sido entregados. CABLEX puede habilitar otras formas de devolución. Si se habilitase recogida en el domicilio del CLIENTE, el personal autorizado de CABLEX, debidamente identificado, recogerá dichos equipos del CLIENTE, sin cargo para éste, salvo que la causa de resolución del contrato sea la falta de pago, en cuyo caso el CLIENTE abonará a CABLEX los gastos que se ocasionen. Si el CLIENTE no facilitara la reiterada de los equipos en un plazo máximo de treinta (30) días naturales desde la resolución del contrato, CABLEX tendrá derecho a ser indemnizada por una cantidad igual al precio de los equipos establecido en las Condiciones Particulares del contrato. En caso de que el CLIENTE no atienda los pagos debidos, CABLEX podrá comunicar su morosidad a los ficheros de impagados gestionados por los Establecimientos Financieros de Crédito, sin perjuicio de una posible reclamación en vía judicial.
- El retraso en el pago del servicio telefónico por un período superior a tres (3) meses o la suspensión temporal, indicada en el párrafo 12.1.b. de la presente cláusula, en dos ocasiones, del contrato por mora en el pago de los servicios correspondientes dará derecho a CABLEX, previo aviso al CLIENTE, a la interrupción definitiva de los servicios y a la correspondiente resolución del contrato con la correspondiente pérdida de la numeración fija y/o móvil.
Decimocuarta. Cesión del contrato y del Servicio.
El CLIENTE no podrá revender o transferir de forma alguna los Servicios recibidos por parte de CABLEX ni enajenar ninguno de los equipos suministrados por éste. En tales casos, CABLEX se reserva la interposición de las acciones oportunas por los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar estas circunstancias.
Decimoquinta. Secreto de las comunicaciones.
CABLEX adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento para garantizar el secreto de las comunicaciones, en función de las características de la infraestructura utilizada.
Decimosexta. Protección de datos.
Con objeto de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, y en el título V del Reglamento aprobado por el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, CABLEX, informa al CLIENTE de los siguientes aspectos:
- La finalidad de la recogida y posterior tratamiento de los datos recogidos tanto en este contrato como en sus Anexos, es la gestión y prestación de los servicios regulados en el presente documento por parte de CABLEX al CLIENTE, así como la gestión administrativa y comercial entre ambas partes.
- CABLEX incorporará los datos personales que proporcione en este documento a un fichero de su responsabilidad, que en la actualidad se encuentra comunicado a la Agencia Española de Protección de Datos.
- El CLIENTE podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición por escrito a través de correo postal enviado a la dirección que figura en el encabezado del presente documento.
Decimoséptima. Interpretación del contrato y legislación aplicable.
La formación, ejecución, validez e interpretación del presente contrato se regirá por la legislación de España. Todas las controversias que surjan en relación con este contrato se someterán a arbitraje de conformidad con las normas aplicables en su momento. En todo caso, el CLIENTE podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y/o los órganos en materia de consumo competentes. Cualquiera de las dos partes tendrá derecho a solicitar medidas cautelares o desagravios permanentes a cualquier tribunal con competencia jurisdiccional. Tanto el CLIENTE como CABLEX aceptan que, salvo por lo dispuesto por la legislación aplicable, mantendrán la confidencialidad respecto a la existencia y resultados del procedimiento arbitral, así como el contenido del mismo, y solicitarán a los árbitros que mantengan la misma obligación de confidencialidad. En caso de litigio sobre la interpretación o aplicación del presente contrato, así como para la reclamación de deudas, los Jueces y Tribunales de Badajoz serán los únicos competentes, renunciando ambas partes a cualesquiera otros fueros que pudieran corresponderles.
Última. Totalidad del contrato.
El presente contrato, incluida cada una de las Solicitudes de Servicio aceptadas por CABLEX y sus anexos constituyen el acuerdo completo y exclusivo entre las partes, sustituyendo a todas las manifestaciones o acuerdos anteriores o simultáneos en lo relativo a la materia que en él se incluye.
Estando conformes ambas partes con lo estipulado, firman el presente, por duplicado y a un solo efecto.
En, ___________________ a de de 20 .
Firma del CLIENTE CABLEX
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